DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 207 saber si la extensión y alcance legal atribuida a una patente otorgada por una autoridad nacional con la base del nombre del titular, y resuelta en contr? de los derechos pretendidos por el recurrente, se ajusta a la inteligencia :
que corresponde dar a los artículos 1, 6 y 48, inciso 4° de la ley 3975.
»2° La posibilidad del registro de una marca de comercio destinada a proteier impresos o publicaciones de todo orden, destinados a la circulación, con los efectos y consecuencias legales asegurados por la ley 3975, se encuentra autorizada por el articulo 1" de la misma.
3" La ley 3975 protege no solo la falsificación, que es la reproducción indebida de una marca o de su parte esenCal característica, sino también su imitación, que consiste en la adopción de los trazos más salientes de otra marca, con supresión de los detalles secundarios, persiguiendo el doble propósito de inducir en error a los consumidores y de perjudicar los derechos del propietario.
4" La cuestión de saber hasta dónde llegan los derechos del "concesionario de una marca constituida por su nombre .
bajo una forma particular, debe someterse a los mismos principios de doctrina y de jurisprudencia, en cuanto a la imitación fraudulenta se refiere, que el aplicado a cualquiera de los demás signos permitidos por el artículo 1° de la ley. :
5° Una sentencia en cuanto importa declarar que la marca conced:da con el nombre del querellante bajo una forma particular sólo proteje ese nombre cuando se usa en la forma y caracteres con que se ha registrado, pugna con el contenido de los articulos 1, 6 y 48, inciso 4° de la ley 3975.
Caso: Lo explican las piezas siguientes:
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Año: 1925, CSJN Fallos: 144:337
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-144/pagina-337
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