FALLO DE LA CORTE SUPREMA ° + , 1 Y Vistos: Buenoo Alres, Septiembre 11 de 1025 El recurso extraordinario interpuesto por la Sociedad Anónima La Blanca, en autos con la Municipalidad de la Capital sobre repetición de impuestos, contra la sentencia pronunciada por la Cámara Federal de Apelación; Y Considerando:
Que en el juicio se ha cuestionado la validez del impuesto municipal de dos centavos por cada kilogramo de grasa de vacuno o de ovino introducido al municipio de la capital, establecido durante los años 1914 al 1917 inclusive, sosteniéndose que dicho gravemen aplicado a la circulación de productos elaborados en la provincia de Buenos Aires era repugnante a las disposiciones de los artículos 9, 10 y 11 de la Constitución y contrariaba, además, el principio de igualdad consagrado por el artículo 16 de la citada ley fundamental toda vez que el impuesto no gravitaba sobre las grasas producidas dentro del Municipio.
Que no existe divergencia acerca de que el impuesto de que se trata era exigido y cobrado en las calles de acceso a la Capital como un requisito indispensable para poder introducir los artículos gravados, Y Que este solo antecedente, demuestra de una manera concluyente que el impuesto producía el efecto d° gravar la circulación de articulos de producción nacional, desde que se hacía exigible en el momento en que el producto era transportado de la provincia de Buenos Aires a la Capital de la República y con ocasión de ese mis.no transporte. Por consiguiente, cualquiera que fuese la denominación y carácter atribuidos por la
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Año: 1925, CSJN Fallos: 144:332
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