dice: "por cada kilo de factura elaborada en las fábricas de embutidos, tocino, jamón, grasa y demás productos similares, pagarán por servicio de inspección $ 0,02." La prueba, además de ser deficiente, es contradictoria, pues la Municipalidad, según el informe transcripto, sólo justificaria que el impuesto a la grasa y fabricación de embutidos ha sido cobrado durante los años IQIO a 1914, con carácter general, sin excepción alguna, pero no que ha sido cobrado sin excepción alguna a partir de 1914 hasta el 31 de diciembre de 1917, fecha en que fué suprimido cl gravamen ya que los pagos cuya devolución se solicita son los efectuados desde el 24 de diciembre de 1914 hasta el 31 de «diciembre de 1917.
Por otra parte, de las declaraciones de Trapani (fs. 157), Galli (fs. 163), Monserrat (fs. 164), Vega (fs. 168), Motta fs. 168) y Nizzardi (fs. 177), no surge en forma clara e indubitable que hayan pagado el impuesto, como lo afirma la demandada. Trapani declara que su establecimiento siempre ha pagado a la Municipalidad el impuesto correspondiente( ignorando si él está de acuerdo con el pagado por la Sansinena y La Blanca, durante los años mencionados (1909 a 1917). Galli que hasta ahora no ha pagado impuesto; Monserrat que desde la presidencia de Irigoyen no se paga impuesto a la factura; Vega, que ha pagado si, pero no recuerda los años, que cuando pagaban primero fué 'medio centavo, después dos centavos y por último treinta pesos mensuales, y ahora paga al Ministerio, y que sabe que todas las fábricas pagaban dicho impuesto de acuerdo con lo producido; Motta declara que si ha pagado impuesto y en cuanto a los productos de fábrica salidos fuera de la Capital, agrega que lo que puede decir es que pagaba un derecho para la introducción de todo lo que era materia de ela boración porcina o vacuna; Nizzardi, que pagaba en Mataderos tres centavos por kilo y si la mercadería volvia a entrar o salir nuevamente había que pagar otra vez ese impuesto y, contestando a la pregunta de si los impuestos que pyaba la
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Año: 1925, CSJN Fallos: 144:328
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