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Fallos: 144:264 de la CSJN Argentina - Año: 1925

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la sentencia pronunciada por la Cámara Federal de Apelación de La Plata, que condenó al procesado Hucichum Linares a sufrir la pena de diez y seis años y medio de prisión, en vez de la de reclusión que por el mismo término le fuera impuesta por el Juez Letrado del Territorio Nacional del Chubut, como autor del delito de homicidio perpetrado en la persona de Dominga Texiera, el día 22 de abril de 1923, en Esquel, jurisdicción del expresado territorio.

En la misma fecha fué confirmada por la Corte Suprema la sentencia pronunciada por la Cámara Federal de Apelación del Paraná que condenó a Juan Pablo Reyes a sufrir la pena de doce años de prisión, accesorias legales y costas del juicio, en vez de la de veinte años de reciusión que le fuera impuesta por el Juez Letrado del Territorio Nacional de Misiones, por el delito de homicidio perpetrado en la persona de Eleuterio Cabrera, en el puerto "Tabay Alvez", (Alto Paraná), jurisdicción de dicho territorio, el día 21 de diciembre de 1922.

En da causa criminal seguida de oficio contra Martin Pedrozzo por el delito de ho:ricidio perpetrado en la persona de Justo P. Fernández, el día 24 de agosto de 1919 en el paraje denominado "Laguna Blanca", jurisdicción del Territorio Nacional del Chaco, la Corte Suprema con fecha 14 de agosto de 1925, confirmó en cuanto a la calificación legal del deito, la sentencia pronunciada por la Cámara Federal de Apelación del Paraná, y la modificó respecto a la pena que fijó en quince años de reclusión con las accesorias de ley y las costas del ymcio; dicha resolución imponía la de diez y siete años y medio "de reclusión, confirmando, a sú vez, la dictada por el Juez Letrado del mencionado territorio.

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Año: 1925, CSJN Fallos: 144:264 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-144/pagina-264

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