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Fallos: 143:423 de la CSJN Argentina - Año: 1925

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dente para conocer en el presente juicio de división de condominio, es el Juez en lo Civil de Rosario, a quien se remitirán los autos, avisindose al Juez de la Capital, en la forma de estilo.

Repóngase el papel.


A. BerMEJO — J. FIGUEROA AL-
coRTA, — Ramón MÉNDEZ. — Ronerro RerErro, — M. T.au

RENCENA.


NOTAS :
En la causa seguida por el Ministerio de Obras Públicas contra los Señores Waldemar y Oscar Kaftan, sobre expropiación, la Corte Suprema con fecha 1.7 de junio de 1925, confirmó la sentencia pronunciada por la Cámara Federal de Apelación de La Plata, la que conf:rivó, a su vez, por sus fundamentos, la pronunciada por el Juez Letrado del Territorio Nacional del Rio Negro que hizo lugar a la expropiación declarando transferidos a favor de la Nación las fracciones de te-e rreno de propiedad de los demandados, partes de las chacras números 253 y 261 de la Colonia General Roca del expresado territorio, con una superficie de 23 hectáreas, 8.003.35 metros cuadrados, previo pago de la sima de diez y siete mil doscientos cuarenta y nueve pesos, con ochenta y seis centavos moneda nacional, deducida la de dos mil tres cientos cchenta ya depositada en concepto total de indemnización. Las costas a cargo de la Nación, según lo dispuesto en el artículo 18 de la ley número 189.

—— En cinco del mismo no se hizo lugar a la queja deucida por don Juan E. Ferreti en autos con don Jorge Espada, so

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Año: 1925, CSJN Fallos: 143:423 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-143/pagina-423

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