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Fallos: 143:413 de la CSJN Argentina - Año: 1925

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SENTENCIA DE LA CÁMARA FEDERAL
Córdoba, Marzo 21 de 1923.

Vistos:

El recurso de apelación interpuesto por el representante del Banco Hipotecario Nacional, contra la sentencia de fecha 12 de diciembre del :ño 1921, corriente a fs. 254, dictada por el señor Juez Federal de Tucumán, en la causa sobre cumplimiento de contrato seguida contra el mencionado Banco por los señores Albaca Hnos., y en la que se ha resuelto: hacer 1ugara la demanda, debiendo el Banco Hipotecario Nacional devolver a los señores Albaca Hnos., la suma de $ 12.514.087, doce mil quinientos catorce pesos con ochenta y siete milésimos moneda nacional), que ha recibido como precio de los inmuebles de que se trata, con los intereses devengados a estilo del Banco desde la fecha de la interposición de la demanda.

Con costas, y dejar a salvo al demandante la acción por daños y perjuicios que creyere le compete.

Por sus fundamentos, se confirma la sentencia apelada, con costas. — L. J. Posse. — A. G. Posse, — Lizardo Novillo Sarevia.

FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, Junio 25 de 192 Vistos y Considerando:

Que habiéndose pronunciado el Tribunal a quo en contra del privilegio que el Banco Hipotecario Nacional había invocado durante el pleito, apoyado en el articulo 6 de su ley orgánica (número 8172). la apelación extraordinaria para ante

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Año: 1925, CSJN Fallos: 143:413 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-143/pagina-413

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