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Fallos: 142:148 de la CSJN Argentina - Año: 1925

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SENTENCIA DEL SEÑOR JUEZ DE COMERCIO :
Buenos Aires, Junio 25 de 1023 Y Vistos:

Para resolver estos autos de los cuales resulta:

15 Que a fs. 6 se presentan los señores Genard y Cords, por medio de apoderado, demandando a la empresa del Ferrocarril Central Argentino, por la sura de pesos cuatro mil novecientos cincuenta y ocho con cuarenta y cinco centavos moneda nacional o en su defecto por la que fijen peritos. Manifiestan que son fuertes comerciantes en el ramo de leña y maderas del país; reciben continuamente grandes cantidades de esos articulos y no han podido evitar ser una de las tantas victimas de la abusiva actitud de las empresas. Las faltas que demandan suman un total de 228.386 kilógramos, y el precio en que se avalúan es el mismo que se ha obtenido por la leña correspondiente al mismo vagón en que se notaron las faltas.

Que si la demandada no quiere aceptar ese precio, no tienen inconveniente en que sea determinado por peritos. Que la cifra del total de las faltas, es suficientemente elocuente para echar por tierra las dos excusas dadas por la demandada, o sean los errores de básculas y la leña transportada que ha mermado naturalmente; en cuanto a la primera, es extraordinario que las balanzas den siempre errores en contra de los cargadores o consignatarios y nunca en contra de las empresas; y en cuando a la segunda excusa, tratándose de leña de quebracho, no es posible pretender merma de tal magnitud, tan es así que en el art. 256 del reglamento general de ferrocarriles, no se ha incluido en la tabla de merma, ni la leña, ni los durmientes ni la madera de quebracho. Que si la em

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Año: 1925, CSJN Fallos: 142:148 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-142/pagina-148

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