SENTENCIA DEL SEÑOR JUEZ FEDERAL :
Buenos Aires, Mayo !? de 19 Y Vistos:
Los promovidos por el Fisco Nacional contra don Francisco José Behr sobre expropiación, de los que resulta:
1." Que según decreto del Poder Ejecutivo de fojas 3, se ha encomendado al señor Procurador del "Tesoro la promoción de este juicio, tendiente a expropiar tierras declaradas de utilidad pública por la ley 11.027, cuyo detalle corre de fojas 1 ay. ° 2" Que ofrecido y depositado el precio en que el Poder Ejecutivo estima el importe que corresponde al expropiado — 50.743 pesos moneda nacional, fs. 7 y 10 — se realizó la audiencia de fs. 34 a fines de designar los peritos a que alude la ley número 18) en Su art. 6, toda vez que existía disconformidad de partes en cuanto al precio y el Poder Ejecutivo había sido puesto en posesión del inmueble en razón de la urgencia señalada al promover la demanda.
3" Que los peritos de ambas partes se han expedido en atitos, así como el tercero nombrado de oficio en mérito de la disparidad advertida en los informes de los primeramente citados. A fs. 129 se llama autos para definitiva con lo cual procede dictar la sentencia que corresponde.
Y Considerando:
1" Que en materia de expropiación, la Cámara Federal tiene resuelto, que a_pesar de no encontrarse en la jurisdicción territorial del suscrito el bien a expropiarse — art. 6, ley 18) -— le corresponle sustanciar el juicio iniciado en esta jurisdicción, fallo número 12.555, folio 399. libro 15.
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Año: 1924, CSJN Fallos: 140:93
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-140/pagina-93
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