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Fallos: 140:369 de la CSJN Argentina - Año: 1924

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1065; Wisconsin v. Jacobson S. C. 45 Law ed. 194. La Corte del Estado de Luisiana ha declarado que "la autoridad de los comisionados rerroviarios no sólo se extiende a la salud y seguridad pública sinó también a todos los asuntos que interesan a la conveniencia o comodidad públicas; y, en consecuencia, que los comisionados pueden exigir la construcción de una estación en el lugar que la conveniencia pública lo requiere aunque el negocio no sea remunerativo pra la compañía en tal lugar. (Morgan's R. Co. v. Bailrond Co. 109 La Ann 247; análoga obligación han reconocido las Cortes de Arkansas, Carolina Norte y Wisconsin en los casos St. Louis R. Co. v. State 97 Ark 473; North Carolina Corp. Comp.

v. State, 151 N. Car. 447; Minneápolis R. Co. v. Railroad :

Com. 136 Wis., 146, 116 N. W. 905, 17 L. KR. A. (N. $.) Sar, cit. por Elliot, el que expresa (op. cit. párrafo 817), que es indudable que la legislatura puede autorizar a las comisiones para exigir las facilidades y comodidades razonables para la entrega y recibo de la carga y el transporte de los pasajeros; pero que no puede investirse a esas comisiones con poderes que permitan requerir arbitrariamente las estaciones que ella diga necesarias, cuando en el hecho no son necesarias como se ha resuelto en el caso de Luisiana antes citado, sino que hay un límite de derecho de regular y que este limite no puede pasarse sin violar la Constitución. "Nos parece, dice, que debe existir una necesidad razonable para el establecimiento de la estación para que la comisión pueda compeler a la compañía ferroviaria a establecerla. Si hay tal necesidad es asunto que debe resolverse por la comisión después de oída la compañía y no sumaria o arbitrariamente, Sin duda las Cortes estarán mal dispuestas o sentirán repugnancia (reluctance) para revocar una decisión de la comisión relativa a la necesidad de una estación; pero, sin embargo, si clara y satisfactoriamente aparece que no hay tal necesidad, las Cortes no deben he- .

sitar en rever y si es necesario en revocar la decisión de los — comisionados"; y cita el caso de State v. Des Moines R. Co.

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Año: 1924, CSJN Fallos: 140:369 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-140/pagina-369

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