Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 14:203 de la CSJN Argentina - Año: 1873

Anterior ... | Siguiente ...

nifiesta su temeridad y malicia; que era injusta la condenacion del capitan al pago de las 7 toneladas por ser costumbre en esta clase de fletamentos que los fletadores entreguen á los buques el carbon necesario.

Corrido traslado de la adhesion, contestaron los demandados que debia resolverse de conformidad á lo pedido en la expresion de agravios; que no era cierta la costumbre alirmada por el capitan y las palabras del contrato de Metamento no admitian duda; que el proceder malicioso del capitan sosteniendo un hecho evidentemente falso bastab:

para condenarlo en las costas.

Fallo de la Suprema Corte.

Buenos Aires, Octubre 21 de 1873.

Vistos: por sus fundamentos se confirma el auto apelado de foja setenta y nueve; y satisfechas y repuestos los sellos, devuélvanse.


SALVADOR MARIA DEL CARRIL. — FRAN-
cisco DELGADO. — José Barros Pazos — J. B. GonosTIacA. — J. DominGuez.

—————

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

65

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1873, CSJN Fallos: 14:203 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-14/pagina-203

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 14 en el número: 203 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos