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Fallos: 14:207 de la CSJN Argentina - Año: 1873

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4" Que Benavides vendió 10 de los 32 lotes al precio de pesos 65,920 m/c. cada uno lo que hace un total de pesos 659,200 m/e. precio al que vendidos todos los lotes habrian producido pesos 2.109,440 m/c. 6 sea pesos 109,440 m/c. mas que la cantidad fijada en el documento de f. 2, el cual dá un término medio de peses 62500 m/c. cada lote, en vez del de pesos 65920 4 que Benavides vendió los referidos 10 lotes.

5" Que Lezama compelió judicialmente á algunos de los compradores de los citados 10 lotes le cumplieran el contrato de compra y otorgó á tcdos la correspondiente escritura de venta percibiendo de los mismos el precio convenido, á pesar de no estar vendidos todos los lotes, hechos cunstatados por los documentos que se registran de fs. 644 71 y por no haberlos contradicho Lezama en su contestacion á la demanda.

6 Que Lezama no ha justificado, ni si quiera insinuado la existencia de un nuevo contrato ó convenio en virtud del cual quedase el primer contrato sin efecto, y autorizado él para otorgar las escrituras de venta á pesar de no estar vendidos todos los lotes, como se habia estipulado.

7" Que Benavides ha deducido su accion contra Lezama por cobro del saldo que arroja la cuenta def. 8, como diferencia de precio, despues de deducidos los gastos de mensura, entre el obtenido por el demandante por cada uno de los diez lotes que vendió y el que fué fijado en su contrato con Lezama, el que ha opuesto la excepcion :—1° De no tener derecho Benavides para cobrar un solo peso desde que no vendió todos los lotes condicion indispensable segun el convenio para reclamar el exceso de precio obtenido: — Y 20 De estar liquida das todas sus cuentas con Benavides hasta el 20 de No

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Año: 1873, CSJN Fallos: 14:207 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-14/pagina-207

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