bró don Octavio Gómez la línea divisoria Este que hoy se pretende modificar ; los demandados y sus antecesores han ejercido el dominio y la posesión con justo título, aunque bastaria para dar la propiedad, el simple hecho de la prescripción treintenaria, aun sin titulo ni buena fe.
Que niega todos los hechos expuestos en la demanda que estuvieren en contradicción con lo que ha relaciorado, y desconose la autenticidad del plano con que se ha instruido, y en la hipótesis de que hubiera a'gún excedente en el área que pertenece a los demandados, sólo correspondería haber reclamado suplemento de precio si el exceso fuera del vigésimo, pues la acción reivindicatoria sería siempre injusta en mérito de concurrir en favor de los demandados la prescripción treintenaria sobre el terreno en cuestión, excepción que opone para enervar la demanda entablada, Que corrido traslado de la excepción opuesta (fojas 38), la Provincia de Córdoba expuso: Que ni el señor Gómez (don Octavio) ni sus sucesores pueden invocar otra posesión que la «que les dan stis titulos, o sea, la que fué otorgada por el Gohierno de Cordoba en 1879, en virtud de la mensura de don Manuel Indarte, pues no han podido tener ni han tenido la posesión de la tierra fiscal situada fuera del titulo y comprendida entre el limite Este del campo vendido a Gómez y la linea divisoria de límites con Sama Fe, porque ese trazado se hizo en ISS5-1886, de acuerdo con el laudo arbitral de esta Corte dictado en 1882.
Que los herederos y sucesores de don Octavio Gómez practicaron recién en 1907 la división de las tierras en cuestión, comisionando al ingeniero Agustin Villarroel al efecto, y en 1907 por primera vez se trazó la mensura y amojonamiento de la estancia de Gómez por la linea divisoria de límites con Santa Fe, superponiéndose en las tierras fiscales y dando origen a este juicio.
Que la preseripión no se habria operado, además, porque la Provivci7 entabló demanda en Febrero 15 de 1910 contra "
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Año: 1923, CSJN Fallos: 139:168
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