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Fallos: 135:369 de la CSJN Argentina - Año: 1922

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malidades indispensables a toda verdadera expropinción, sin ley que la amtorizara, ni inde enización previa, contreriando ei plan general de delineación adoptado en e plano fundador d le ciudad de Tuenmán, a estar alos amecedentes que obran ea mtos—dietaven pericial de És. 140—y sin consultar tampoco los imereses hien entendidos de la comia, como lo dernmestra e) hecho de que algunos 2ños más tarde, en 1008, la misma mos nicipalidad reetificó dicho tazaio devolviendo a la calle Crisosterro Alvarez el que primitiva sente tenía.

Que tal eenpación reulizada enla forma expresada, has biendo desaparecido con posterioridad la catrsa que la produjo, no ha podido modificar la situación juridics del actor, quien mantiene integramente un derecho de propiedad sobre el inmueble discutido, no teniendo, en comeciencia, necesidad de acto algno para readiquiriro.

Que por etra parte, es indudalie, coro lo establece aver tadmente el falle apelado, que la posesión de la mimicipalidad, achquirida Ce manera tan irregillar y defectirosa, no es la posesión con justo timo y buena fe requerida por el artienlo 4023 de UC. Civil. para la preseriy sión adquisitiva de inmuebles, tanto más si se viene presente que € demandado 10 ha demostrado, ni mentado demostrar, como le correspondia hacerlo, que el tereno que se reivindica se halle actualmente fuera del comprcivo cestiuado a algún servicio pili co, Por estos fundamentos, los de la sentencia apelad: y te niendo en cuenta lo manifestado por el actor en str escrito de E. 78, como asimismo que se ha conformado con la expresada sentencia, se confirma ésta con la declaración de que el deman«ado podrá optar entre restituir el irteble reivindicado o si valor actual. Con costas. Hágase saber, transerilase en el Tioro de resoluciones de esta Cámara y repuestos los sellos, remitanse los ttos al juzgado de st procedencia. — Nemesio Cor rález, — A. Ge Posse. — A. Berduc.

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Año: 1922, CSJN Fallos: 135:369 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-135/pagina-369

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