Que e actor funda su demarda en derecho que de mier «Lan los titulos me erren agregados de fojas 6127 me como se fuee cortar en la sentencia de primera in tana por el Juez ce la catisa, los timbos referidos no justificar pue dos trasmitentes Mayar estado en posesión de las terrenos rigeto de La acción de remvimbicación entablda, como le reca Mee El mismo actor a" afirmar que da mayoría de La= transfo remeias se refieren 2 La tittda pro presctad Que asf do contivma nuphien la ciroamstanció ele sqpre e terreno a que e refiere La dennda se ercrentra tolalment cupido por tas obras del canal rerraplen y La calle según re.
suilta del plano de f jas mz jemostrarvo de sir ubicación, acen pañodo com el inforae se Los cerite= mor hrados pira procticas su recunccimiento EPs 128 :
Que jus amtecesores del uatór en la propiedad del terrena vhbjero de la demarta mo tema la posesión del mismo terreno vomo resitlta de los antcedertes relacionados en la sentencia de fe 72. Esa presión mo Jr sio dada ni perede considerar tra-mitul— por Le escritura que ha presentado para justifizarla en cianto Cer elta se de artoríza "para que tore La posesión le al DÉ. 27 V 27 Mta5, por etanto come se dispone pere! as tente 2378 la tradicion posciao o de dar ol adyrirerte la posesion de La ce=m, me simio las formas lezales". Art 237 citado, One es tambien de tenerse presente eme da posesión de hrs mmnehles, debe comiderar=e celquirida por la tradición hecha or actos materiales del une entrega la cost con consentmento " siel que la recibe o por actos Wateríales del que la recibe con consentimiento del que la ervreza, desi-tiendo el po-ecidor de la posesion Me teria y jercienao el adquirente actos poses des enel inmueble en presencia de el y sim ertesición alma 1 Wtietnilos 2370, 2380 Y 2381. Codigo citados, Que eme ocaso de cute mo se ha acreditado mimeuno e
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Año: 1922, CSJN Fallos: 135:150
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