los derechos respastivos de los litigantes, no => borran por la sola voluntad de una de las partes.
Que en cuanto al fondo del asunto: el recurrente ha sostenido en el pleito los derechos de la Nación sobre la tierra de que se trata por estar comprendida en las riberas interna y externa del Rio Paraná; y subsidiarivvente ha solicitado que se declare que no está chligado a seguir el juicio de expropiación con los demandados ni a satifacerles indemnizaciones por no haber éstos acreditado que sean propictarios ni posecseres de la tierra.
Que tratándose de terrenos ribereños que no se encuentran permanentemente cubiertos por las aguas del río, aún cuando su nivel sea inferior a la cota -|- 5.20, y hallándose en condiciones análogas a los del Ferrocarril Central Argentino y de la Empresa de Muelles y Depósites de Comas, cuyo dominio originario le fué «lesconccido a la Nación por de-isión de esta Corte (Fallos tomo 111) páginas 179 y 107), corresponde hacer extensivas al presente caso las consideraciones que motivaron aquéllos pronuncianientos, ya que no se ha invocado en favor del Estado General otro título adquisitivo.
Que el hecho de que el terreno cuestionado sea de áluvión, no favorece las pretensiones de la demandante, desde que en tal supuesto el inmueble no corresponderia al Estado General, sino a la provincia de Santa Fe, cuyos derechos no representa la parte actora en este juicio; a lo que corresponde agregar que nada ha podido impedir que dicha provincia o sus antecesores trasmitieran el dominio de las tierras de atuwión form las en las costas de sus rios con las restricciones impues- .
tas por la navegación.
Que para considerar acreditada la posesión de los señores Kidd y Norton basta tener en cuenta que figuran como ocupantes del inmueble en el plano oficial presentado en los antos -. por la demandante (fojas 5) y que sino lo fueran, no tendria explicación satisfactoria ni el presente juitio con fines reivin.
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Año: 1921, CSJN Fallos: 134:307
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