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Fallos: 133:390 de la CSJN Argentina - Año: 1921

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3 FALLOS DE LA CONTE SUPREMA 1
EMAO DE LA CORTE SEPREMA
Buenos Aires, Abril 13 de 1u:l.

Vistos y considerando:

Por dos fundamentos consignados en el precedente dic.

tamen del señor procurador general y jurisprudencia citada > en el mismo, se deciara la competencia del señor juez de prinera Mstancia elo civil de la capital para practicar la regulación de honorarios de que se trata. En su merito remitámansele los antos, avisindost por oficio al señor juez fe deral. Repongase el papel.


N : A. Bermejo. — NICANOR G. DEL
LE E Sorar. — D. E. Paricio. — " J. Ficveros ALcorra, — Ra

MÓN MÉNDEZ.
e a Don José Sánchez en autos con don Ramón Garcia, sobre des.

alojamiento. Recurso de hecho, Sumario: 15 Es improcedente el recurso de revisión contra sentencia dictada en un caso venido a la corte suprenia y en apelación y alos fines restringidos del artículo 1,4 de ¡ la lev número 48. :

2 No precede para ame la corte suprema el reenrso antorizado por el articulo 281 del código de pro.

cedimientos de la capital, 3: No existiendo el hecho en que se basa un reeuro de queja por apelación denegada, imerpuesto contra una resolución que se pretende violatoria de ima

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Año: 1921, CSJN Fallos: 133:390 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-133/pagina-390

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