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Fallos: 133:314 de la CSJN Argentina - Año: 1921

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314 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA támen de fojas 16, se declara bien denegado el recurso. No tifíquese y repuesto el papel archivese. Devuelvanse los autas venidos a requisición del señor procurador general, al tribunal Je procedencia con transcripción de la presente.

K A. BErMEJO. — D. E. PAracio. — ]. FIGUEROA ALCORTA, — Ray MÓN MÉNDEZ.

Dm Joaquín M. Goicoa en el juicio que le sigue don Juan Scintli, por nulidad de contrato de locación: sobre com petencia.

Sumario: No puede ser revisada por la corte suprema una sentencia en que se hace constar "que el recurrente no 4 ha justificado en forma la procedencia del fuero federal por razón de la distinta vecindad de las partes en los términos exigidos por el artículo 2, inciso 2" y artículo 10 de la ley de jurisdicción y competencia de los tribunales nacionales. ( Prommeiamiento basado en la apreciación de la prueba).

VISTA FISCAL Buenos Aires, Mayo 20 de 191, Señor Juez:

Del propio certificado precedente resulta la manifiesta improcedencia de la inhibitoria deducida, ya que el fuero federal por razón de la distinta vecindad sólo procede entre ciu

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Año: 1921, CSJN Fallos: 133:314 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-133/pagina-314

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