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Fallos: 131:414 de la CSJN Argentina - Año: 1920

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2 La notificación de la demanda que se le hace al fiscal de estado en cumplimiento del artículo 6) de la ley nacional de procedimientos, sirve para halúlitario a fin de que dentro de

Cuso: La explican las piezas siguientes:


DICTAMEN DEF, SEÑOR PROCURADOR GENERAL
" Buenos Aires, Junio 1 de 1920.

Suprema Corte:

La petición de nulidad formulada a nombre de la provincia de Buenos Aires, por el fiscal de estado de la misma, ha sido deducida en un juicio que se dice seguido ante esta corte suprema por Otto Franke y Cia.. contra aquella provincia. Siendo esto así, entiendo que la competencia de la corte suprema es indudable, no sólo porque corresponde a este tribunal decidir los pleitos en que una provincia litigue con vecinos de otra o con extranjeros (caso que ocurre en el jui cio principal), sino porque es regla de derecho procesal que la nulidad de actuaciones judiciales debe ser demandada ante ¡a misma en que se hubiese producido, :

En cuanto a las excepciones que pudieran oponerse a la petición, es cuestión que incumbe a la parte contraria y que no es necesario considerar para determinar la conpetencia del tribunal.

Tal es mi dictamen.

7 José Nicolás Matienzo.

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Año: 1920, CSJN Fallos: 131:414 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-131/pagina-414

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