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Fallos: 131:249 de la CSJN Argentina - Año: 1920

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sin costas la demanda interpuesta por la nación contra Jena Aramburu de Villanueva e hijos menores Guillermo Penrjamín, Ermesto Fernando, Sara Elena y Delia Zulema, sobre cobro de cuatro mil quinientos ochenta y dos pesos eon vein tiocho centavos moneda nacional, en concepto de pensión indebida y resuelvo hacer lugar a la contrademanda promovid:

por los nombrados contra la nación y en sti consecuencia de claro que esta última se encuentra en la obligación de abonar la pensión reclamada y emergente de la ley 4.340 desde la Techa de su imerrupción (Mayo 10 de 19106) hasta la de sir cese mayo 3 de 1927) de acuerdo con las disposiciones tugales que la rigen. Con imereses a contar desde la contrademanda a estilo Banco de la Nación Argentina y sin costas, atenta Ta la naturaleza y novedad del caso debatido, Notifíquese, repónganse el sellado y oportunamente archivese, — Saúl 3s.

cobar.


SENTENCIA DE LA CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES
Buenos Aires, Julio 15 de 191.

Y vistos:

Por sus fundamentos, se confirma la sentencia de fo.

jas 00 de este juicio seguido por el fisco racional contra doña Elena Aramburu de Villameva y

Las costas de esta instancia en el orden casado. RKepónganse las fojas en primera instancia. — Marcelino Escalada, — +. Urdinarrain. — T. Arias.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Mayo 12 de 1020.

Vistos y considerando: , Que tanto el recurso ordinario de apelación interpuesto

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Año: 1920, CSJN Fallos: 131:249 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-131/pagina-249

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