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Fallos: 131:243 de la CSJN Argentina - Año: 1920

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DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 24 resultado del juicio. Notifíquese a las partes, y devuélvanse, debiendo efectuarse la reposición" de sellos en el juzgado de origen. ,
A. BERMEJO, — NICANOR (5, DEL
Sora. — D. E. Pañacio. — Ramón MÉNDEZ.

Fisco nacional contra doña Elena Aramburu de Villanueza, .

sobre devolución de dinero proveniente de acumilación de pensiones.

Sumario: Es contraria al espiritu general de la ley núme ro 4.340 y asii hase económica, toda interpretación que pueda dar por resultado la acumulación de beneficios:

por lo que, no prede legalmente acumularse una pensión emncedida de acuerdo con dicha ley general y otra acordada con arreglo a las disposiciones de la especial número 4.235.

Cuso: Lo explican las piezas siguientes:


SENTENCIA DEL SEÑOR JUEZ FEDERAL
Y Buenos Aires, Marzo 17 de 151".

Y vistos: Los promovidos por el fisco nacional contra Elena Aramburu de Villanueva € hijos menores, sobre devolución de dinero proveniente de pensión indebida e intereses.

de los que resulta:

1" Que de fojas 21 a 22 se presenta el señor procurador fiscal invocando la designación del poder ejeentivo, de fo

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Año: 1920, CSJN Fallos: 131:243 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-131/pagina-243

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