de extensión, situadas en la Provincia de Mendoza, departamento San Rafael, y limitada por los Rios Diamante v Atuel. Que con el propósito de dedicar a la colonización v al cultivo intensivo esa tierra, el comprador gestionó y n.
tuvo de la Legislatura de dicho Estado la sanción de la ley número 474 sobre concesión de agua para el riego de noventa mil hectáreas, consiguió que la Compañía del Ferrocarril Gran Oeste Argentino comenzase la construeción de dos ramales, que cruzarian el campo; trazó pueblos en los sitios correspondientes a las futuras est:ciones: construyó desde luego dos canales derivados del Río Diamante, destinados a regar una fracción de ocho mil hectáreas que hahía sido fraccionada en lotes alrededor del pueblo proyectado que se denominó, doctor Saez; e inició en tales condiciones la serie de los remates destinados a fijar en esas tierras una población estable y laboriosa, siendo muy favorable el resultado de la primera de dichas operaciones. que tuvo lugar en el año 1908. Que entendiendo el Gobierno de Mendoza que una colonización a base de regadio necesita ser dirigida con métodos cientificos y racionales, solicitó y obtuvo de don Alfredo Israel la donación de un lote de tierra de una extensión de cuarenta y una hectáreas y cinco mil ochocientos cincuenta y dos metros cuadrados situada enel departamento San Rafael a inmediaciones de la estación actualmente denominada °"Gondge", para fundar una granjaescuela destinada, a la enseñanza práctica de la agricultura.
Que la escritura pública de donación fué otorgada por Israel ante el notario de gobierno, con fecha 27 de octubre de 190 y en ella se hace constar expresamente la obligación del Gobierno de instalar en el inmueble la granja-escuela, y que en el caso de que no se cumpliera dicha condición el Gobierno estaría obligado a devolver la tierra donada, con las mejoras que hubiere hecho, sin cargo alguno para el donante. Que por decreto de 31 de agosto de 1909, que se encuentra transcripto en la mencionada escritura, el Gobierno de Mendoza aceptó la donación del inmueble y los cargos impuestas por
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Año: 1920, CSJN Fallos: 131:142
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