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Fallos: 13:50 de la CSJN Argentina - Año: 1872

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CAUSA XX.
Los Sres. Roberto Doudall y Cs con el Procurador Fiscal, sobre revocacion de una resolucion de la Aduana.

Sumario.—1° En todos los casos de falsa manifestacion hay infraccion de las ordenanzas de la Aduana, ya sea que la manifestacion proceda de error ó de mala fé.

2" En el caso de error evidente ¿ imposible de pasar desapercibido, la ley confiere únicamente á los administradores la facultad de admitir este hecho como circunstancia atenuante (art. 1122) ó escusante (art. 1223).

3" Siendo los propósitos de esta ley que los administradores solos, quienes por su posicion están mas al cabo de los antecedentes, aprecien las referidas circunstancias, no es admisible que sus resoluciones á este respecto puedan ser susceptibles de una apelacion.

Caso— Doudall y C° presentaron á la Aduana un maniñesto pidiendo el despacho de 4 cajones con seis sillas de montar y de 6 con doce.

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Año: 1872, CSJN Fallos: 13:50 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-13/pagina-50

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