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Fallos: 13:169 de la CSJN Argentina - Año: 1872

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Pongratz recabó de D. Juan M. Nuñezuna carta en la cual le indicaba se recibiese de los caballos, so pena de pagar los daños y los gastos que- originase por la demora ; — 4" Declaración de D. Victor Pongralz, ex-socio de Marechal y en pleito con éste, en la que el testigo se ratifica en el contenido de la carta de f, 138 y en la de £. 137 de 12 de Noviembre del año pasado, en que dice que, por motivos que no es del caso esplicar, no le ha sido posible recibirse de los caballos en el día convenido; pero que esperaba que lo haria muy pronto y arreglaria los daños y perjuicios hasta donde fuesen justos y equilativos, —5' Declaracion del Dr. D. Angel Casares, en que de f. 125 á 138 dice que sabe por haberlo oido en el escritorio de Darsoba, que está contiguo á su estudio, que entre el dicho Barsoba, Nuñez y Pongralz se arregló un contrato de venta de caballos por cuenta de la seciedad Pongratz y Marechal; pero que ignora el número de caballos y el precio que se convino, ereyendo que esto tuvo lugar antes de haber recibido un telegrama que Pongralz le hizo desde la Costa del Salado en que le pedia lo disculpara con Barsoba de no haber ido á recibir los caballos por haberse visto de improviso obligado á salir para el Azul. — 6" Que la parte demandante pidió se recabase una copia del telegrama, no habiéndose conseguido por haberse remitido 4 Montevideo; pero informando la oficina respectiva del telégrafo que en 5 de Noviembre se habia recibido un telegrama que estaba anotado en los libros. — 7" Declaracion de los testigos D. Cárlos Roque y D. Victor Roque ú f. 75 que afirman que estando ellos en una pieza del hotel de la Paz con Pongratz y Marechal manifestó dicho Pongratz á propósito de haber Marechal hablado de esta demanda, que jamás habia celebrado negocio alguno de compra de caballos con Nuñez, ni tenia idea de él, ni debia inquietarse Marechal por lo
T. IN. LE

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Año: 1872, CSJN Fallos: 13:169 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-13/pagina-169

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