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Fallos: 129:89 de la CSJN Argentina - Año: 1919

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Por ello y oidg el señor Procurador General, así de declara, y en consecuencia remitanse les autos al señor Juez Federal, avisándose al de Paz Letrado en la forma de estilo, A. BErmEJO. — D, E. PALacio.

— J. FIGUEROA Arcorra Criminal contra, Basilio Barbara, por hurto de correspondencia. Contiende de competencia Sumario: No corresponde a la justicia federal, sino a la ordinaria, el conocimiento de una causa seguida por el delito de defrandación cometido, mediante la falsificación de las firmas de unos soldados, ftiera del cuartel, por un soldado del ejército, contra particulares.

Caso: Lo explican las piezas siguientes:


AUTO DEL SEÑOR JURZ FXDERAL
La Plata, Noviembre 8 de 1918.

Y vistes:

Considerando: 1.7 Que el presente sumario le motiva el cobro indebido de unos giros postales pertenecientes a des conscriptos del Regimiento 7.° de Infantería de guarnición en esta ciudad, imputándose el hecho a otro conscripto del mismo cuerpo, 2 Que esos giros fueron presentados a dos comercian tes establecidos fuera del cuartel y allí hizo efectivo el pre.

sunto culpable su cobro, con lo que se demuestra, que el hecho delicioso se cometió fuera del cuartel, Sobre esto no puede haber cuestión respecto a la competencia jurisdiccional, para entender en la causa.

3" Que por otra parte, no se refiere a la posible vio.

lación de correspondencia, sino el hurto oometido en daño de los concriptos Bravo y Peiteado, pero aún er el caso de que quiera hacerse mérito de la posible violación de la corres.

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Año: 1919, CSJN Fallos: 129:89 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-129/pagina-89

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