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Fallos: 129:83 de la CSJN Argentina - Año: 1919

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cia entre los Jueces del Crimen y el Federal de la Ciudad de Santiago del Estero para conocer en la querella criminal por lesiones, instaurada por José Romero contra Tomás C.

Kichener, y Considerando Que aunque el hecho de que se trata haya sido cometido en terrenos de propiedad de la Empresa del Ferrocarril Central Argentino, tal cicunstancia, por razón del lugar no puede determinar la competencia de la justicia federal desde que el Gobierno Nacional mo ejerce sebre los mismos una jurisdicción absoluta y exclusiva.

Que por otra parte el delito denunciado es de carácter común y está regido por disposiciones del Código Penal, lu que excluye la competencia federal por razón de la materia.

En su mérito, fundamentos concordantes del auto de fojas 40 y conforme con lo expuesto y pedido por el señor Procurador General, se declara juez competente para conocer de la causa de que se trata a la justicia erdinaria de la provincia, a la que se le remitirán los autos, avisándose por oficio al señor Juez Federal.

A. BErmEJO. — D. E. PAracto.

=— J. FIGUEROA ALCORTA, Arturo Santos, Teniente 1 de la sección reserva, sumario instruido en su contra, por un hecho delictioso cometido en el distrito militor N.° 43. Competencia negativa.

Sumario: Correspende a la justicia militar el conocimiento de una causa instruida a un oficial retirado, encargado Ñde la dirección de tiro para los oficiales de reserva en una Región Militar, por haber dado unos golpes de puño «a un ordenanza del distrito.

Caso: Lo explican las piezas.

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Año: 1919, CSJN Fallos: 129:83 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-129/pagina-83

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