sos y delitos de la palabra impresa, a no ser que el abuso sea "sinónimo de uso legítimo, o la licencia sea da libertad por excelencia. Mi opinión es que los tribunales federales son "jueces naturales de los abusos y delitos de imprenta; y pues"to que la ley de justicia federal define claramente lo que es "sedición e insurrección, y designa las penas en que incurren los criminales, su deber es aplicarla en los casos en que Ja "palabra impresa proveque o avonseje la insurrección o la sedición".
"Otra jurisprudencia traería por resultado quitar al cri"men su requisito legal y esencial, que es la intención del que "lo comete, y colocaría solamente en el brazo que ejecuta, la "responsabilidad que corresponde en su mayor parte al que "inspira y provoca el crimen".
En la época en que así hablaba el presidente Sarmiento.
sólo existía la ley número 49 de delitos contra la Nación, la cual no prevé la incitación a la rebelión, ni la tentativa. de uste delito, sinó la rebelión consumada.
"Son reos de rebelión, — dice el artículo 14, — los que se alsan públicamente y en abierta hostilidad contra el Gobierno Nacional para cualquiera de los objetos siguientes :
T.° Para destruir la Constitución jurada por la Nación y cambiar la forma de gobierno; "2 Para deponder al Presidente da la Nación despojándolo de su autoridad constitucional, o para arrancarle alguna medida o concesión, o para impedir la transmisión de la misma autoridad en les términos y formas establecidas en la Constitución; 3 — Para impedir las elecciones de diputados y senadores nacionales, o para estorbar las reuniones legítimas del Congreso:
4" Para disolver el Congreso v impedir las deliberaciones y funciones de los poderes legisladores o arrancarles alguna resolución, violande el recinto de sus sesiones", Posteriormente, la ley núniero 4.149, artículo 2.2 ha imandado que las disposiciones generales del Código Penal ordi
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Año: 1919, CSJN Fallos: 129:391
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