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Fallos: 129:311 de la CSJN Argentina - Año: 1919

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SENTENCIA DEL JUEZ EN LO CIVIL Y COMERCIAL
Salta, Abril 24 de 1918, Y vistos: Las excepciones de falta de personería en la ejecutada, e inhabilidad y nulidad del títule con que se ejecuta deducidos por lla señora Crisanta C. de Quiroga, en la ejecución que sigue el señor Justo P. Fernández y las de inhabilidad del título y nulidad de los procedimientos de la misma ejectición, deducidos por don Basilio Quiroga a la misma ejecución, y Considerando :

Que la señora Crisanta C. de Quiroga al fundamentar sus excepciones dice: que siendo ella casada con don Basilio Quiroga, según se comprueba con el poder de fojas 16, y no estando divorciada, no tha podido ser llamada a juicio sinó por intermedio de su esposo, su representante legal, según lo dispone el artículo 208 del Código Civil y sus concordantes, de manera que la excepción de falta de personería en ella, para estar en este juicio es procedente.

Que hay que tener presente que ' iniciada esta acción cuando estaba pendiente el juicio de divorcio y separación de bienes: convenido entre los esposos Quiroga fué posteriormente fallada no haciéndose lugar a la reparación proyectada, visto lo cual, el actor en estos autos, señor Fernández pidió la intimación de concurrir al juicio al esposo :de la ejecutada: y habiendo concurrido éste también al juicio, tal falta de personería ha quedado cubierta y regularizado el procedimiento.

Que entrando a juzgar de las excepciones de inhabilidad del título con que se ejecuta y nulidad del mismo, también opuestas por los espesos Quiroga, teremos: que los excepcionantes sostienen que la inhabilidad del título resulta de que el documento con que se ejeouta fojas 'T constata la celebra.

ción de un contrato entre el ejecutante y la señera Crisanta C.

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Año: 1919, CSJN Fallos: 129:311 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-129/pagina-311

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