confirmaba la del juez letrado de Posadas, declarando prescripto el derecho de acusar, en la causa seguida contra Domingo Boilini y otros, por fabricarión clandestina de alco.
holes. por haber, estado paralizada élla un tiempo mayor que «el establecido por el artículo 89, inciso 3.° del Código Penal.
En 26 del mismo, la Corte Suprema desestimó el recursn de hecho por denegación del extraordinario deducido por el doctor Juan Angel Martinolich y otro, contra resolución de la Cámara Segunda de Apelaciones en lo Civil, que declaraba mal concedido para ante ella una apelación, atento lo resuelto en un auto según el cual había pasado en autoridad de cosa juzgada otro sobre reposición y multa por aplicación de la ley de papel sellado. (Las condiciones de la cosa juzgada son de derecho común, según lo reiteradamente re.
suelto por el tribunal).
Don Alberto Vidal (su quiebra): incidente sobre rehabilitación, — Recurso de hecho Sumario: 1. Las disposiciones de la ley de quiebras incorporadas por mandato expreso del Honorable Congreso (artículo 165) al Código de Comercio, forman parte del derecho común, por lo que su interpretación y aplicación están fuera del alcance del recurso extraordinario cen arreglo .a lo establecido por el artículo 15 de la la ley número 48, de jurisdicción y competencia.
2. El-Honorable Congreso al dictar la reforma del libro IV del Código de Comercio sobre quiebras y disponer su incorporación al mismo, siguiendo con ello una apreciación tradicional acerca del carácter que debe tener, lo ha hecho en ejercicio de la autoridad que le con
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Año: 1919, CSJN Fallos: 129:181
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