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Fallos: 128:434 de la CSJN Argentina - Año: 1918

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del Estero, para conocer en la ejecución hipotecaria seguida ante el segundo de dichos jueces por don Benjamín Scheindlid contra la Sociedad Comercial Frigerio hermanos, Y considerando; Que declarada en estado de quiebra dicha sociedad por el Juez del Rosario por tener en la localidad su domicilio y el principal establecimiento, se solicitó del Juez de Santiago del Estero la remisión de los autos ejecutivos que se seguian ante El, a lo que no se hizo lugar quedando así trabada la presente contienda de competencia.

Que con arreglo a lo dispuesto en el artículo 1436 del Código de Comercio y a lo reiteradameme resuelto por este tri bunal, la declaración de quiebra atrae al juzgado de la misma las acciones judiciales contra el fallido con relación a sus bienes. .

Que en el caso, el juez del Rosario es el competente para conocer de la ejecución con arreglo a lo dispuesto por el articulo 2° de la ley n 427. (Fallos, tomo 119 pág. 397 , y jurisprudencia alli citada, y Que aún suponiendo que los señores Frigerio hermanos fuesen terceros poseedores del inmueble ejecutado, como se afirma a fojas 12, autos de Santiago del Estero, tal circunstancia no puede hacer variar la competencia del juez de la quiebra, según está resuelto por esta Corte en casos análogos. (Fallos, tomo 124 pág. 79 y otros.) Por ello y conforme con lo expuesto y pedido por el señor Procurador General, se declara juez competente para conocer en la ejecución de que se trata al de 5.° Nominación de la Ciudad del Cosario a quien se le remitirán los autos, previa reposición del sellado, avisándose por oficio al señor Juez de Santiago del Estero, A. Bermejo, — D. E. Pañacito. — J. Ficueros AL

CORTA,
Li

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Año: 1918, CSJN Fallos: 128:434 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-128/pagina-434

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