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Fallos: 128:431 de la CSJN Argentina - Año: 1918

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autos, Será justicia, KR. C. Martoccia, Presentado y puesto al despacho sin firma de letrado, hoy treinta y uno de Mayo de mil novecientos diez y siete a la 1 p. m. Conste: Coronado. Rosario, Mayo 31 de 1917. A los efectos solicitados, exhórtese.

Avalle. Ante mí: Isaías R. Coronado", Se hace constar que el señor Carmelo M. Vidal, vecino de esta ciudad, está encargado para intervenir en el diligenciamiento del presente exhorto, pudiendo presentar los escritos que ueren pertinentes. El infrascrito ruega a U. $. el fiel cumplimiento del presente, quedando obligado a usar de igual reciprocidad en casos análogos.

Diligenciado se servirá devolverlo a este juzgado con lo actuado a sus efectos. — Miguel Avalle, — Ame mi: Isaias R.

Coronado.

AUTO DEL SEÑOR JUEZ DE 1.° INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL .

Sontiago del Estero, Diciembre 4 de 1017.

Y vistos: atento lo solicitado por el señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, doctor Miguel Avalle, pidiendo se remitan a este juzgado las ejecuciones contra los fallidos. Frigerio hermanos, y tonstando a fs. 12 que la ejecución hipotecaria del señor Benjamin Seheidlind ha sido entablada contra los señores Frigerio hermanos, quienes han sido concursados en dicho juzgado de acuerdo con el art. 1436 del Código de Comercio (58 de la ley de quiebras), y no obstante lo manifestado por la parte del ejecutante en la vista que antecede, se resuelve: remitir al señor juez doctor Miguel Avalle, los autos caratulados: Benjamín Scheidlim! contra Reginaldo Toscano y Frigerio hermanos, ejecución hipotecaria. Exp.

número 4117, con la nota de estilo. Hágase saber, rep. — J. Voyet y Olacchea, — Ante mi: Pedro T. Vidarte.


SENTENCIA DE LA CORTE DE JUSTICIA
Santiago del Estero, Febrero 21 de 1918.

Y vistos:

El señor juez de la causa se funda en el art. 58 de la Ley

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Año: 1918, CSJN Fallos: 128:431 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-128/pagina-431

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