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Fallos: 128:430 de la CSJN Argentina - Año: 1918

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oficie al Registro General de Propiedades de esa ciudad, para que informe acerca de todos los bienes inmuebles de pertehencia de los señores Frigerio hermanos o Eduardo Frigerio indistintamente, com asimismo los gravámenes que dichos inmuebles reconocieran. 2 Se remita a este juzgado todos los juicios que se ventilen por ante el juzgado de U. S., en que los señores Frigerio hermanos o Eduardo Frigerio sean parte, bien sea como actor o demandados, por tratarse de un juicio de carácter universal. Como recaudos se transcriben las partes pertinentes de los escritos presentados por el sindico nombrado solicitando dichas medidas y las providencias recaidas al pie de los mismos que copiados literalmente, dicen asi: "Pide exhortos y oficios, Señor Juez de Primera Instancia: Roque C.

Martoccia, síndico liquidador nombrado en el juicio de quiebra de Frigerio hermanos a U. S. digo: 1." Que a fin de proceder lo antes posible a la liquidación total de los bienes de esta falencia vengo a solicitar de U. S, se sirva ordenar, se libren exhortos a las ciudades de Córdoba, Santiago del Estero y Santa Fe, donde existen varios inmuebles de los fallidos, a fin de que el Registro General de Propiedades, informe acerca del dominio y gravámenes de los mismos, Dignese U. $. proveer de conformidad a lo socilitado por ser asi de justicia. R. C.

Martoccia. Presentado y puesto al despacho sin firma de le trado, hoy veintinueve de Mayo de mil novecientos diez y sicte, a las 2 p. m. Conste: Coronado. Rosario Mayo veintimieve de mil novecientos diez y siete. En todo como se pide, edictos en el diario ya designado "La República". Avalle. Ante mí:

Isaías RK. Coronado. Señor Juez de Primera Instancia: Pide exhorto: Roque C. Martoccia, síndico liquidador en los autos de quiebra de Frigerio hermanos, a U, S. digo: "Que llega a mi conocimiento, que contra la firma quebrada, se han iniciado diversas ejecuciones en la provincia de Santiago del Estero, sin poder precisar ante qué juzgado de la Capital de la Provincia. Siendo el de quiebra, un juicio de carácter universal, pido se libre exhorto a los jueces de igual clase de la ciudad de Santiago del Estero, pidiendo la remisión de los

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Año: 1918, CSJN Fallos: 128:430 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-128/pagina-430

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