24 PALLOS DE LA CORTE SUPREMA :
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buesos Aires, Abril 9 de 1918.
Y vistos: El apoderado del Banco de la Nación Argentina se presenta exponiendo: Que de acuerdo con instruccio nes recibidas viene a entablar formal demanda contra la provincia de San Luis, por cobro de fa suma de trescientos mil pesos moneda nacional por capital y trescientos cincuenta y cuatro mil ciento cuarenta y nueve pesos con noventa y seis centavos moneda nacional por intereses que adeuda a la institución que representa.
Que la existencia del crédito la justifica con la planilla , que acompaña.
Que en consecuencia pide que en oportunidad se condene a la provincia demandada a satisfacer la suma reclamada y los intereses que se devenguran, con especial condenación en costas, Citada da provincia y conferido traslado de la demanda.
sus representantes la contestaron diciendo en lo substancial :
Que el actor no manifiesta quien suscribe las letras a que se refiere y que no acompaña a su demanda, ni menciona antecedente alguno al respecto.
Que aún suponiendo que las letras hubiesen sido suscriptas por el Gobernador de la provincia, ello no bastaría para olligarla, por cuanto esa deuda se habria contraído con violación a la carta fundamenta! de dicha provincia. vigente en la fecha a que remonta el origen de la deuda, según la de manda, dese que esa era facultad del Poder Legislativo.
Que por otra parte. en los libros de contabilidad de la .
a:lministración provincial, no existe antecedente alzuno demos.
trativo de que las sumas de dinero que se cobran hayan ingresado al tesoro de la misma.
Que aman la atención acerca de la actitud del Banco, que ha dejado transcurrir veinticinco años sin ejercitar su acD ción y que hoy al hacerlo haya omitido la presentación de las
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Año: 1918, CSJN Fallos: 127:244
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