128 TALLOS DE LA CORTE SUPREMA 1 Don lugusto Limousin contra el Gobierno Nacional por reivindicación; sobre cumplimiento de sentencia Sumario: - Dentro de lo preceptuado por 1a- ley 3952, no corresponde dictar emplazamiento contra la Nación a fin de que cumpla sentencias, que, por otra parte. ella no-desconoce; que el Poder Ejecutivo, manifiesta por medio de sus representantes estar dispuesta a cumplirla, y que, en lo correspondiente, dependen de sanciones del Poder Legislativo y de tramitaciones administrativas indispensables.
Caso: Lo explican las piezas siguientes:
AUTO DEL SEÑOR JUEZ FEDERAL
La Plata, Febrero 26 de 1917, Librese oficio al señor Ministro de Hacienda de la Nación, afin de que se sirva impartir las órdenes necesarias para que se ponga en posesión a don Augusto Limousin, de la par te respectiva de las manzanas F y K del plano de fs. 78, con una superficie de tres mil doscientos cuarenta y cuatro metros, ochenta y ocho decimetros, y cincuenta centimetros cuadrados; respecto al segundo y tercer punto, téngase presente.
Devuelto. diigenciado- que sea el oficio ordenado. agreguése ada causa previa regpsición de sellos. — Zavalía A pedido de revocatoria interpuesto contra el auto que prece:de, por el ministerio fiscal, se dictó el siguiente:
| AUTÓ DEL, SEÑOR JUEZ FEDERAL La Plata, Marzo 30 de 1917.
Autos y vistos: Para resolver la incidencia sobre cumplimiento de la sentencia definitiva dictada en estos autos; y Considerando :
1." Que las disposiciones contenidas en el artículo 7." de
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Año: 1918, CSJN Fallos: 127:126
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