Sociedad Crédito Territorial del Chaco, contra Carlos Brunner, por reivindicación; sobre competencia.
Sumario: 1 Las condiciones que debe revestir la cosa juzgada, dependen del derecho común, y son extrañas al recurso extraordinario del artículo 14 de la ley N." 48 en cuanto no afectan un título nacional o un derecho fundado en la Constitución, un tratado o una ley federal 2" Para surtir el fuero federal por razón de per 3" En una cuestión sobre procedencia del fuero federal en caso de cesión de derechos, lo relativo a si ésta fué o no simulada, constituye un punto de hecho y de derecho común extraño al recurso extraordinario. Caso: Lo explican las piezas siguientes. Y vistos: El incidente formulado en el presente juicio Y considerando: Que consta del expediente agregado adeffectum videndi, ya el juzgado de la tercera nominación declaró su incompetencia, lo que fué acatado: que en el sub judice, vuelve a plantearse la misma cuestión con la diferencia que el actor ya no es la sociedad de crédito territorial sino el señor Francisco Anello a quien dicha sociedad traspasó esos derechos. Que siendo asi la presente cuestión resulta promovida por un ar
AUTO DET. JUEZ EN LO CIVIL, Y COMERCIAL DE LA 2 NOMINACIÓN
Santa Fé, Marzo 13 de 1916.
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Año: 1916, CSJN Fallos: 125:58
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