trates en lo que atañe a la explotación forestal me ero item tica, tora vez que a uno de ellos ¡Gráber sc le fijó mn miniman: y un máximun de extracción de maderas por todo 7? periodo, en conjunto, y alos otros (Arias y Laborde: les fit señalado un minimum y un máximins «mal, Verzo= ha ee ser, pues, considerar separadamente stis sitiraciones respeetí vas y a tenor de los preceptos o convenciones de ls tievos contratos extendidos en 1909 y 1910 que eran los vigentes cuando se ordenó a los actores la stspensión de la estraceión de maderas, 23. Pero antes de realizar ese estudio conviene dejar establecido que es incuestionable como lo sostiene el señor Procurador del "Tesoro representame del P. Ejeemtivo en este juicio que los contratos celebrados con Grúber, Arias y Labor de son de usufructo imperfecto 0 cuasi tstifrmeto 5 eue se refiere el art. 2808 y siguientes del Código Civil que se enrae> terizan y diferencian del usufructo perfecto en que necesaria mente el uso y goce de las cosas se extienden lista att eomstmo o cambio de substancia según los propios térmimos de La ley como evidentemente ocurre con la explotación forestal en que los árboles deben ser cortados y extraídos pura ete em realidad pueda existir el uso o goce que ha debido determinar la existencia del contrato. Y con relación a los preecptos apli cables que conviene tener presentes para la decisión del enso sub lite, debe notarse que el usufructuario, según la reght de art. 2870, deberá abstenerse de todo neto de explotación que tienda a aumentar "por el momento los emolumentos de »tt derecho disminuyendo para el porvenir la fuer/a preifmetiva dde las cosas sometidas al usufructo; que sí el mudo propietario na pueda hacer que dañe el goce del tsufructuario e restrinja su derecho, como principio general, puede realizar todos los actos o tomar todas las medidas conservatorías de la comi que fueren necesarias como que conserva el ejercicio de los deres ; chos de propiedad compatibles con sus obligaciones y emm la restricción del uso y goce que la constitución del menfrueto le impone tarts, 2014, 2016 y 2017), Deben olmervarss, en
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Año: 1916, CSJN Fallos: 124:183
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