MS PALOS DELA CORTE SUPREMA :
$ S O DICMAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL AS Buenos Aires, Agosto 4 de 1916.
a Suprema Corte: :
os La denuncia que se formula contra el juez federal «:
Mendoza, debe ser sometida a la Exma. Cámara Federal de Ca capital, a la que corresponde el ejercicio de la superintenE tendencia sobre los funcionarios de su circunscripción, según Edo preceptúa el art. 2, inciso 4, ley 7099, y lo tiene resuelto > Y. E. en diversos casos (Fallos, tomo 117 pág. 381 : tomo 119, Lo página 176).
E: Pido a V. E. así se sirva resolverlo, a Julio Botct.
£ : "RESOLUCION DE LA CORTE SUPREMA f Buenos Aires, Agosto 10 de 1916.
Re Atento lo dispuesto en el artículo 2. de la ley 7099, modi— ficatorio del art. 11 de la ley N." 4055, lo resuelto por esta Corte en casos análogos (Fallos, tomo 114 pág. 190 ; 115, páO ginas 17 y 67; 117, pág. 381) y lo dictaminado por el señor Procurador General, pasen a la Cámara Federal de Apelaciomes de la Capital a sus efectos. Repóngase el papel.
" , A. BERMEJO. — NICANOR G. DEL Sorar, — D. E. Paracio. — y J. FIGUEROA ALCORTA.
Don Ramón O. Leguizamón y Juan M. Belotti contra N. Carlos Alvarez, por calumnias e injurias graves vertidas por intermedio del diario "La Libertad", Sumario: No puede decirse violada la garantía constitucional p de la inviolabilidad de la defensa en juicio, en un caso en «que tratándose de una querella por calumnias, el querellado
Compartir
62Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1916, CSJN Fallos: 123:394
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-123/pagina-394
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 123 en el número: 394 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos