Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 122:175 de la CSJN Argentina - Año: 1915

Anterior ... | Siguiente ...

DE JUSTICIA DE LA NACION 175 En 30 del mismo no se hizo lugar al recurso de queja de ducido por doña Teresa Barroso de Lucero en autos con la Cia.

Y Hopotecaria Argentina, sobre cobro de pesos, por no tratarse, en el caso, del desconocimiento del fuero federal que se haya fundado en la Constitución o ley especial del Congreso, no procediendo en consecuencia el recurso extraordinario previsto por el art. 14 inc. 3 de la ley 48.

CAUSA CXNV
Don Juan Camargo y otros, contra los herederos de don Hilario Mendicta, por reivindicación; sobre competencia.

Sumario: Si a consecuencia de la participación de una provincia en virtud de haber sido citada de evicción, el pleito queda trabado entre ella y vecinos de la misma, el caso no corresponde a la jurisdicción originaria de la Corte Suprema por razón de las personas.

Caso: Lo explica el siguiente:


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Noviembre 2 de 1915. :

Autos y vistos, considerando:

Que c'evados a esta Corte de conformidad de partes las presentes actuaciones seguidas por el representante de don Juan C. Camargo y otros contra don Hi'ario Mendieta sobre reivindicación, se mandó acreditar la jurisdicción originaria del tribunal por la providencia de fojas 20,

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

81

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1915, CSJN Fallos: 122:175 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-122/pagina-175

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 122 en el número: 175 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos