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Fallos: 122:122 de la CSJN Argentina - Año: 1915

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Re - á FALLOS DE LA CORTE SUPREMA :

Es — deben ser elevados para su aprobación y conocimiento al Poder O Ejecutivo de la Nación" (art. 22 de la ley convenio).

E Que no es dudoso asimismo, que, según el art. 3 de la ley 4699, el organismo de la Universidad Nacional de La Plati, como su mismo nombre lo indica, debe ser considerado como $ uno de los tantos rodajes de la administración general del país a "A los efectos, dice ese articulo de la ley de Montepío Civil, los empleados de la Provincia de Buenos Aires, que con motivo del convenio pasaran a depender de la Nación serán consideraA dos empleados nacionales".

4 El presidente, agrega el art. 8.° del convenio, durará tres FO años y será reelegible por tres periodos consecutivos. Para el priE mer periodo será nombrado por el Presidente de la República, y con acuerdo del Senado.

Los primeros profesores de las facultades serán nombrados b directamente por el Poder Ejecutivo, con arreglo al plan de estudios y al presupuesto y en lo sucesivo por medio de ternas art. 14).

Que por otra parte la Universidad Nacional de La Plata, tal cual ha sido instituida por el convenio-ley, tiene como persona a jurídica una capacidad legal limitada. Puede adquirir bienes y administrar los que por el convenio se le adjudican, pero no puede enajenarlos, ni adquirir otros nuevos a título honeroso, sin especial consentimiento del Poder Ejecutivo (art. 14). :

Que es doctrina legal en nuestro pais, que la jurisdicción contenciosa de los tribunales de la Nación, no procede en causas contra ella, cuando el Presidente de la República ha actuado como jefe del Poder Ejecutivo, ejerciendo las atribuciones inherentes al alto cargo de Administrador General del país, con sujeción a la Constitución Nacional y leyes del Congreso, a menos que exista la autorización legislativa o que tratándose de causas civiles, en las que la Nación haya obrado en su carácter de persona jurídica, haya procedido la reclamación ante el Poder Ejecutivo, de los derechos controvertidos y su denegación por part:

de éste, sin cuyos requisitos no podrá darse curso a la demanda Cley 3952).

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Año: 1915, CSJN Fallos: 122:122 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-122/pagina-122

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