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Fallos: 121:416 de la CSJN Argentina - Año: 1915

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E CAUSA LXXVI
Pp Municipalidad de la Capital, contra don Manuel J. Aguirre (su es sucesióno, por expropiación. Recurso de hecho, en el juicio E sobre ejecución de sentencia.

Sumario: No procede el recurso extraordinario del art. 14, ley 48, contra las sentencias de remate dictadas por los tribunales de la capital en juicios ejecutivos.

Caso: Condenada la Municipalidad de la Capital por sentencia firme de segunda instancia a pagar a don Manuel J. Aguirre (su sucesión) la suma de seiscientos sesenta mil pesos moneda nacional, como indemnización total de la finca expropiada a éste y, encontrándose los autos en ejecución de sentencia, el representante de la Municipalidad opuso excepciones, las que fueron rechazadas en primera y segunda instancia, ordenándose la continuación de la ejecución.

Negada la apelación interpuesta de este pronunciamiento, el representante de la Municipalidad, se presentó a la Corte Suprema recurriendo de hecho.

FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, Agosto 14 de 1915.

Vistos :

No siendo procedente el recurso extraordinario del articulo 14 de la ley número 48 contra sentencia de remate, dictadas por los tribunales de la Capital en juicios ejecutivos, por no tener dichas sentencias el carácter de definitivas (art. 500 del Código de Procedimientos en lo Civil de la misma Capital), se declara con

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Año: 1915, CSJN Fallos: 121:416 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-121/pagina-416

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