pital que no puede motivarlo, con arreglo alo dispuesto en el art. 15 de la ley número 48.
En veintidos del mismo, no se hizo lugar al "recurso de queja por apelación denegada, interpuesto por doña Leopoldina Neumann de Koranda en autos con dos Luis Koranda, sobre falsificación, por no constar que en la causa le haya sido desconocido a la recurrente algún derecho, privilegio o exención de los previstos en el art. 14 de la ley número 48.
CAUSA NIVII
Fisco Nacional, contra el doctor Martín S. Berho, por infracción a la ley de impuestos internos Sumario: 1." No incumbe a los tribunales federales, creados para conocer de causas concretas, entrar en el examen del estado de las rentas de la Nación y de la naturaleza de los gastos a cargo de la mismo, y no pueden, por lo mismo, en ejercicio de las facultades que les confiere el art. 100 de la Constitución, resolver si las leyes de impuestos internos han sido o no sancionadas en '!°s circunstancias excepcionales previstas en la Constitución Nacional, ( Artículos 4 y 67, inciso 2.").
2 En la instancia extraordinaria que acuerdan los irticulos 14, ley 48, y 22 del Código de Procedimientos en lo criminal sólo pueden examinarse puntos de derecho y no
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Año: 1915, CSJN Fallos: 121:264
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