Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 121:198 de la CSJN Argentina - Año: 1915

Anterior ... | Siguiente ...


MALOS me La COMTE SUPARMA
SO Porello y de conformidad con lo pedido por el señor ProO eurador General se declara bien denegados los recursos inter - puestos. Repuesto el papel, archívese.

a A. BERMEJO. — NICANOR G. DEL a Sorar. — M. P. Daracr. — E D. E. Paracto.

E CAUSA XXXVI E Don Manuel Abal Suárez, contra los doctores Manuel Peña y y Julio C. Borda, por escrituración ; sobre competencia ER Sumario : 1.° Desconocido el fuero federal fundado en cl art. 120 Ue de la Constitución y art. 2.5, inciso 2.° de la ley 48, procede el recurso extraordinario previsto en el art. 14 de la citada Tey.

o 2 Cuando la Constitución Nacional ha dicho que corresx ponde a los tribunales inferiores de la Nación el conociE _ miento y decisión de todas las causas "entre vecinos de difeR rentes provincias", ha querido referirse a los argentinos y no a los extranjeros; por lo que no corresponde el fuero fe- :

e deral invocado por un argentino, vecino de lo Capital FedeÉ ral, demandado por un extranjero, domiciliado en otra proE vincia, ante los tribunales locales de ésta.

E Caso: T.o explican las piezas siguientes: .

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

70

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1915, CSJN Fallos: 121:198 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-121/pagina-198

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 121 en el número: 198 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos