" "DALLOS DE LA CORTE SUPREMA y E dimientos en o Criminal, no impugnado de inconstitucional, declara nula la de un juez federal llevada a clla en revisión, a y repone la causa al estado de sumario, £aen: La explican las piezas siguientes:
| INFORME DE LA CAMARA FEDERAL DE APELACIONES É Suprema Corte:
E En el recurso de hecho deducido ante esa Corte Suprema le por don José C. Rodríguez, como representante de don Adolfo E 6. Rosa en los autos "Genaro Conte, apelando de una resolución É de Aduana", cámpleme en nombre del tribunal, informar a V.E.
"o losiguiente: ¡ e El señor Procurador Fiscal de primera instancia por decreE to del Poder Ejecutivo de 11 de Junio de 1914, recibió instruzciones para solicitar de la justicia federal, la revisión del fallo - recaido enel juicio que por defraudación a la Aduana se siguió contra Genaro Conte en mérito de la denuncia formulada por el E jefe de la Oficina de libros de Aduana, don Adolfo J. Rosa, que - fué exonerado por el mencionado decreto del Poder Ejecutivo CO porirregularidades cometidas en el desempeño de sus funciones.
4 La sentencia a que se refiere aquel decreto fué dictada por E el juez doctor Jantus en 15 de Abril de 1914, condenando a Ge| - maro Conte a uma multa igual al valor de la mercadería en ino fracción.
y El Procurador Fiscal, solicitó la revisión ante el juez Fede|. ral de la causa doctor Jantus, el que proveyendo a dicha solicitud mandó elevar los autos a esta Cámara de acuerdo con lo es— tablecido por el art. 553 del Código de Procedimientos en lo | Criminal. " Practicados los támites legales, el señor Procurador Fiscal de Cámara, solicitó que el señor defensor de pobres, incapaces y ausentes asumiera la representación del condenado Genaro Con
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Año: 1915, CSJN Fallos: 121:194 
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