Tanta confianza implica contradiccion entónces con el temor de que la Corte se convierta en «un poder arbitrario», conculcador del derecho, supresor de las leyes, que cubriéndose con « la teoría de la sumision estúpida », ponga en peligro la justicia, comprometa la verdad y atente contra las bases de un «gobierno civilizado y democrático. » Ella puede cometer errores. Sus miembros no tienen la pretencion de hallarse investidos con el divino don de la infalibilidad. Pero, cualquier tribunal 4 que se invista con la facultad de juzgar en último resorte, ha de hallarse en la misma situacion, porque no puede concebirse tribunal alguno que no haya de ser desempeñado por hombres.
De manera que, si para escapar al peligro del error posible hubiera de concederse recurso de las decisiones de la Corte, para escapar á idéntico peligro, habria que conceder recurso de las decisiones del tribunal que pudiera revocar las decisiones de la Corte, y de este á otro por igual razon, estableciendo una série que jamás terminaria porque jamás podria hallarse un Tribunal en que no fuera posible el error.
Habria que establecer, por consiguiente, la eterna incertidumbre del derecho con la impotencia de los poderes sociales para poner fin á los pleitos; y por temor de un peligro posible se caeria en un peligro cierto, y sin duda alguna mas grave, de una permanente anarquía.
Por eso la existencia de un tribunal que, aunque compuesto por hombres y susceptible de error, ponga por sus sentencias término á los litigios, de un Tribunal de cuyas decisiones no haya recurso alguno legal, ha sido la doctrina de la humanidad en todos los tiempos, en todas las latitudes, en todos los grados de cultura, y en todas las formas de gobierno.
En la hipótesis de que no existieran las disposiciones legales mencionadas antes, que desautorizan los recursos in
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Año: 1871, CSJN Fallos: 12:156
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