DE JUSTICIA DE LA NACION : ro Lo CAUSA CDXII 3 Don Germán Puebla contra el Gobierno de la provincia :de 4 Mendoza, sobre pago de un impuesto. o] — Sumario: Siendo, como son, de interpertación restrictiva las le- | yes tributarias, corresponde la devolución de una cantidad | de dinero pagada' bajo reserva, por concepto de obras de | pavimentación no comprendidas por la ley respectiva entre | aquellas que deben ser abonadas por los propietarios de las | fins afectadas por tales obras. a Caso: Lo explica el siguiente: :
FALLO DE LA CORTE SUPREMA E
Muenos Aires, Septiembre 1 de 1914. i a " Y vistos: los formados por demanda promovida ante esta — Corte, por ed: doctor Germán Puebla, vecino de la Capital Federal, contra el Gobierno de la provincia de Mendoza, por de A volución de impuestos abúnados por él. E Manifiesta el actor, que siendo propietario de una finca situada en el Departamento de Guaymallén, provincia de Mendoza, — con frente al Carril Nacional que atraviesa dicho Departamento, fué requerido por un representante de ese Estado para el pago — de la cantidad de cuatro mil ochenta y dos pesos cuarenta centavos nacionales, suma que se vió obligado a satisfacer, bajo reserva. ÉS Que tal cobro se le ha exigido a título de reembolso del costo del macadam hecho por la Provincia en el expresado camino a Guaymallén y en proporción al frente ue su finca tiene:
sobre el mismo. =
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Año: 1914, CSJN Fallos: 119:407
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