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Fallos: 115:73 de la CSJN Argentina - Año: 1911

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CAUSA CvII González J. contra la empresa del E, C. Pacífico, sobre daños y perjuicios Sumario: Corresponde a la justicia federal conocer en los picitos que versan sobre las obligaciones de las empresas de íerrocarriles relativas a los equipajes de los viajeros, Caso: Lo explican las piezas siguientes:


DICTAMEN DEL SR. PROCURADOR GENERAL
Bucños Aires, 1 Agosto de 1911 Suprema corte: Motiva esta acción la pérdida en el contenido de un baúl facturado como equipaje por el reclamante, cn un tren de las lineas del ferrocarril demandado, Esto resulta, sin contradicción, de la propia afirmación dei actor en su escrito de demanda.

En tal concepto, está ella regida por ei art. 39 de la Jey 2873, con exclusión del código de comercio, lo que a su vez y de acuerdo con el art. 100 de la constitución, art. 1 de la ley 48 y jurisprudencia constante de V. E. ( tomo 110 pág. 347 ) hace que este recurso proceda y que la justicia federal sea competente para conocer en el caso sub judice.

A mérito de lo dicho pido a V. E. se sirva así declararlo, revocando la sentencia recurrida de fs. 31.

Julio Botet.

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Año: 1911, CSJN Fallos: 115:73 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-115/pagina-73

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