m VALLOS DE LA CRTR SUPREMA do malicia ó temeridad de parte delos actores, creo que las cos— las deben ser satisfechas en el orden causadas.
É Voto; pues, por la negativa.
E .. Ala misma cuestión los señores vocales doctores Williams, E Méndez Paz y Basualdo, se adhirieron al voto anterior.
Con io que terminó el acto quedando acordada la siguiente Basualdo. — Arana. — Méndez Pas— » Williams. — Ante mi: Jorge L. Dupuis.
Es copia fiel del acuerdo original que redactado por mi, existe en el libro respectivo.
Jorge L. Dupuis.
E Buenos Aires, Agosto 2 de 1910.
Y vistos:
Por ¡o que resulta de la votación de que instruye el acuer| do precedente, se confirma en lo principal la sentencia apelada de fs. 128 y se revoca en cuanto condena en costas á la parte vencida. Devuélvase y repónganse los sellos.
Benjamín Basualdo. — Felipe Arana.— Luis Méndez Paz. — Benjamín IWilliams. — Ante mi: Jorge L. Dupuis.
DICTAMEN DEL SF. PROCURADOR FISCAL
Suprema corte:
En cuanto á la procedencia del recurso deducido para ante V. E. cs de notar que la cuestión principal sobre que ha versaNes a
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Año: 1910, CSJN Fallos: 114:172
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