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Fallos: 114:169 de la CSJN Argentina - Año: 1910

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EE JUSTICIA DE LA: NACION —. 1 procuratorios de Diana en la de 300 pesos de igual moneda. -' | Y defimtivamente juzgando así lo pronuncio, mando y fir- | mo en mi sala de despacho, fecha ut supro.. —| Notifiaue el empleado Marcó du Pont. Rep. las fojas (art. — 23, ley N. 4128). :

Ernesto Quesada.—Ante mi: Carlos G. | del Solar. | SENTENCIA DE LA CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL DE LA "| CAPITAL | Buenos Aires, 2 de Agosto de 1900 4 Reunidos los señores de la excelentisima cámara de apela- -| ciones en lo civil en su sala de acuerdos para conocer del recur- | so interpuesto en los autos caratulados "Seguin Carlos y otros 3 contra la Municipalidad de la capital—devolución de impues- — to", respecto de la sentencia corriente á fs. 128, el tribunal esta- i bleció las siguientes cuestiones: .

1.° ¿Es arreglada á derecho en lo principal la sentencia de ".

fs. 128? 3 2 Caso afirmativo ¿Lo es igualmente en cuanto condena en costas á la parte vencida? :

Practicado el sorteo, resultó que la votación debía tener | lugar en el orden siguiente: señores vocales doctores Arana, y Williams, Méndez Paz, Basualdo. :

A la 1." cuestión, el señor vocal doctor Arana, dijo: | Varios empresarios de teatros de la capital demandan en | este juicio se declare la ilegalidad é inconstitucionalidad de la 1 ordenanza municipal por la que se les cobra en concepto de pa- | tentes y por cada función el 5 olo de las entradas brutas y se A condene á la municipalidad, en consecuencia, devolverles las Ni sumas percibidas por tal título. :

Sostienen los actores que según la ley orgánica, la muni- 1 cipalidad no está antorizada para imponer la contribución de | |

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Año: 1910, CSJN Fallos: 114:169 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-114/pagina-169

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