CAUSA CLXXIII 4 Recurso extraordinario en antos Barbarino Petray y Cia., contra el F.C. Pacífico.
| Sumario: La Corte Suprema no puede rever en un recurso extraordinario las conclusiones de hecho de la sentencia recurrida en cuanto á la forma irregular con que una empresa de ferrocarril ha llevado sus libros y en cuanto á la omisión de aviso oportuno de la llegada de la carga.
Caso: la razón social Garbarino, Petray y Cia. demandó ante e' Juzgado de Paz de la capital á la empresa de ferrocarril Buenos Aires al Pacifico por devolución de la suma de 385 pesos mon, nac., por fiete indebidamente percibido, fundán«dose la acción en lo dispuesto por el art. 188 del Código de Comercio y art. 222 del reglamento general de ferrocarriles nacionales. El juez de paz condenó á la empresa demandada a devolver á los actores la suma reclamada y sus intereses.
Apelada esta sentencia, el juez de lo comercial de esta capita: pronunció el siguiente fallo:
SENTENCIA DEL JUEZ DE COMERCIO
Buenos Aires, Diciembre 28 de 1909, Y vistos:
Considerando que la empresa demandada alega que el término del transporte debe ser la fecha en que las mercaderias | fueron puestas á disposición del interesado. Que la prueba rendida al respecto consiste en el informe del Ministerio de Obras Túblicas, el cual se basa exclusivamente en las constancias de los iibros de la estación de ilegada. Que siendo esos libros simples borradores no rubricados, no constituyen prueba de la fecha
Compartir
87Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1909, CSJN Fallos: 113:270
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-113/pagina-270¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 113 en el número: 270 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
