CAUSA LXXIV
Don Martín Rodríguez Etchart en autos con Larangeira, Méndez y Cía, sobre falsificación de un invento .
Sitmario: No da lugar al recurso extraordinario del artículo 14, ley número 43 una sentencia que, sin desconocer la validez de una patente adicional, impone una multa por haberse explotado la patente antes de satisfacerse la prima fijada de acuerdo con la ley de la materia Fara la procedencia de este recurso no basta haberse "invocado implicitamente" el artículo 17 de la comstitución nacional.
Caso: Lo explican las siguientes piezas:
SENTENCIA DE LA CAMARA FEDERAL :
Parauá, 9 de Junio de 1918.
Vistos y considerando:
r. Que de las actuaciones agregadas á estos autos resulta:
a) Que no habiendo conseguido don Norberto Azanza patente de invención, en la forma que había desde un principio gestionado, solicitó una adicional á la núm. 1935. de que eran propietarios los señores Larangeira, Méndez y Cía., la cual le fué acordada, previo pago de los derechos correspondientes, por resolución de fecha 4 de Noviembre de 1904, expidiéndosele en su mérito el título de fs. 41, núm. 4018; á contar desde esa misma fecha y por el término de diez años, f. 150 y I5I.
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Año: 1909, CSJN Fallos: 112:79
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