Pe. Ae —_—_.. FALLOS DE LA CORTE SUPREMA — del silbato reglamentario ; de cuyo choque resultó con graves lesiones que le ocasionaron un mes de enfermedad. El juez de sección, resolvió declarando que el gobierno era responsable del daño causado y que debía pagar al actor, en concepto de indemnización, la suma que bajo juramento estimara éste, dentro de la cantidad de 300 pesos moneda nacional, atento el tiempo que estuvo imposibilitado para trabajar y la naturaleza de su profesión, Esta sentencia fué confirmada por la cámara federal.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires. Agosto 21 de 1500 Vistos y considerando:
Que de las declaraciones prestadas por los testigos, libres de toda excepción, Juan Silva,f. 22, y Amadeo Gonzilez, f. 25, resulta que el conductor de la locomotora no dió oportunamente los silbatos que podian haber evitado el accidente en que resultó Icsionado el demandante, Eduardo Dughera, al atravesur con st carro la via del ferrocaril.
Que no se ha probado que las lesiones recibidas por Dughera hayan producido otro resultado que imposibilitarlo para el trabajo durante un mes y días (certificado médico de fs. 8 y constancias de fs. 27, 33 y 35.
Por estos fundamentos, se confirma, con costas, la sentencia apelada de fs. 56 vta., sin perjuicio del derecho que acuerda al demandado el artículo 1123 del código civil.
Notifíquese con el original y devuélvase, A. BERMEJO.—M. P. DARACT.—
C. MovsNno GACITÚA.
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Año: 1909, CSJN Fallos: 112:78
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